Herencias y su tramitación
El término herencia, en derecho, es el acto jurídico por el que una persona que ha fallecido transmite sus bienes, derechos y obligaciones (deudas) a otra u otras personas, que se denominan herederos. Heredero es la persona física o jurídica que tiene derecho al total o a una parte de los bienes de una herencia.
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Nuestra Gestoría se encarga de prestar su ayuda en la realización todos los trámites necesarios, desde los asuntos jurídicos, fiscales o administrativas desde el momento del fallecimiento hasta la adjudicación de los bienes a los herederos.
Si enumeramos las tareas que se deben realizar, serían las siguientes:
- Obtener el certificado de defunción, normalmente la funeraria se encarga de este primer paso.
- Tramitar el certificado de últimas voluntades, para que nos confirmen si el fallecido otorgó o no testamento y el certificado de existencia de contratos de seguro de cobertura de fallecimiento.
- Solicitar la copia del testamento o preparar la Declaración de herederos, en su caso.
- A partir de este momento es cuando hay que preparar el inventario de bienes del fallecido y elaboración del cuaderno particional.
- Documento privado y Notarial de aceptación y adjudicación de bienes.
- Tras la firma hay que elaborar, liquidar y pagar el Impuesto de sucesiones, así como las Plusvalías municipales si las hubiere.
- Finalmente se realizará la actualización e inscripción de los bienes en los Registros de la Propiedad correspondientes.
- Modificación en el catastro la titularidad de los bienes inmuebles